El Gobierno confirmó que promulgará la ley de discapacidad, pero no la aplicará hasta definir el financiamiento
La decisión la confirmó el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, tras el rechazo del Congreso al veto de Milei. Qué impacto fiscal tiene y por qué el Ejecutivo va a demorar la reglamentación.
Politica | Lunes, 15 de Septiembre de 2025
El Gobierno confirmó que va a promulgar la ley de discapacidad, que el Congreso ratificó después de rechazar el veto del presidente Javier Milei, pero aclaró que no la va a reglamentar hasta definir de dónde saldrán los recursos para financiar su implementación.
La medida fue impulsada por la oposición, tuvo un masivo apoyo parlamentario -incluso de fuerzas que fueron aliadas del oficialismo- tanto en la sanción original como en la insistencia. De hecho, superó en Diputados y el Senado los dos tercios exigidos para rechazar el veto.
El Gobierno había dejado trascender su decisión de acudir a los tribunales para evitar su aplicación, pero en declaraciones que se conocieron hoy, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, confirmó su promulgación, pero condicionó su aplicación a que se defina su financiamiento.
?El Poder Ejecutivo la va a promulgar. Después tiene que dictar un decreto reglamentario para ver cómo se aplica la ley y eso tiene distintos aspectos. Lo hablaremos con el Presidente. Si fuera por mí me gustaría analizarlo con el ministro del área y con las comisiones del Congreso para ver cómo se puede contemplar ese tema porque esto abre la puerta para nuevas pensiones por discapacidad. Pero resolvamos primero si las que se dieron fueron bien otorgadas?, explicó el ministro coordinador.
Pero, en declaraciones a Clarín, Francos advirtió: ?Vamos a promulgar la ley como corresponde. También es cierto que, creo que es el artículo 38 de la ley financiera que dice que el Congreso cuando sanciona una ley debe establecer de dónde salen los recursos. No me pueden endilgar a mí que soy el jefe de Gabinete que vea las partidas, cómo las reacomoda; eso no es solución, es una mentira. Que me digan sino a quién le sacamos, ¿a los jubilados y lo pasamos a discapacidad??
La Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación había informado que la iniciativa ?podría aumentar el número de beneficiarios por nuevas altas entre 493 mil y 946 mil personas, que implicaría un refuerzo fiscal de entre $ 1.889.371 y 3.627.495 millones de pesos, gasto equivalente al 0,22% y 0,42% del PBI?.
Además, precisó que por la compensación de emergencia a prestadores, el financiamiento exigido estaría en el orden de los $278.323 millones, mientras que la asignación para talleres de producción ascendería a $7.160 millones.
La ley de emergencia en discapacidad fue dictada tras una masiva movilización de la sociedad civil, debido a una crisis en todo el sistema de atención, por el congelamiento de los recursos destinados a la asistencia de esa población, que se combinó con una reducción drástica en la cantidad de beneficiarios, tras una auditoría que tuvo fuertes cuestionamientos.
Las medidas fueron tomadas desde la Administración Nacional de Discapacidad (ANDIS) durante la gestión de Diego Spagnuolo, quien fue expulsado del gobierno nacional tras conocerse unos audios grabados de manera clandestina, donde reveló la existencia de un supuesto circuito de coimas entre funcionarios y droguerías.
La ley de discapacidad había sido impulsada por la oposición cuando todavía no habían tomado estado público esas revelaciones explosivas, pero su difusión generó un enorme impacto político, que acrecentó el apoyo parlamentario.
Antes de conocerse que el Gobierno no iba a lograr blindar el veto, desde usinas oficiales se dejó trascender que el Ejecutivo iba a presentarse ante la Justicia para evitar su implementación. Ahora, Guillermo Francos aclaró que el camino será la promulgación, pero que no se reglamentará hasta definir con el Congreso el origen de los fondos.
Uno de los puntos principales de la ley de emergencia en discapacidad establece al financiamiento de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social. La medida define que podrán acceder a este beneficio quienes posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), no registren ingresos superiores a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, no perciban planes similares y pasen una evaluación socioeconómica.
La asignación corresponderá al 70% del haber mínimo jubilatorio y será compatible con empleo registrado, siempre que los ingresos no excedan el tope fijado. El texto extiende la cobertura al establecer la transformación automática de todas las pensiones no contributivas otorgadas antes de la ley en vigencia, de modo que los beneficiarios no deban realizar nuevos trámites.
También se fortalece el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, regulado por la Ley 24.901. Uno de los mecanismos para abordar esa problemática es la actualización automática y mensual de aranceles, ajustada al índice de precios al consumidor (IPC) que elabora el INDEC.
También se definió un régimen de regularización de deudas fiscales y de seguridad social para empresas y trabajadores vinculados al sistema de discapacidad. El esquema contempla la condonación de intereses, multas y sanciones, junto con la posibilidad de refinanciar tanto planes de pago activos como aquellos caducos.
Finalmente, un apartado central refuerza el financiamiento y funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), organismo que articula las políticas públicas en el área.
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