En un fallo dictado por mayoría, rubricado en la Sentencia N° 267, los Ministros del STJ hicieron lugar a los recursos de casación presentados tanto por el Fiscal General Adjunto como por la querella, representada por Sofía Domínguez. La decisión anula la Sentencia N° 69, que el Tribunal Oral Penal (TOP) de la Primera Circunscripción había emitido el 16 de abril de 2024, declarando la prescripción de la acción penal.
El expediente, caratulado como «Dahse Gerardo Alejandro p/ abuso sexual con acceso carnal», y registrado bajo el número PEX 252829/22, vuelve así al estado anterior a la resolución del TOP N° 2, que había puesto un freno anticipado al caso al considerar extinta la posibilidad de juzgamiento.
EL ANTECEDENTE
Este pronunciamiento del STJ pone nuevamente en foco la aplicación de los plazos de prescripción en los delitos sexuales, especialmente en aquellos que involucran una profunda afectación a la víctima. Con esta nueva sentencia, el STJ de Corrientes refuerza el criterio de que, antes de declarar una prescripción, deben agotarse todas las instancias que permitan el juzgamiento de hechos de esta naturaleza.
La decisión, firmada por los ministros Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan y Fernando Augusto Niz, bajo la presidencia del Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez, implica que el caso de Dahse deberá ser reencauzado y continuará con los pasos procesales pendientes, abriendo la posibilidad de que, finalmente, se lleve a cabo el juicio oral.
Fuente: El Libertador